Este artículo fue publicado en TRIBUNA de OPINIÓN
del diario EL COMERCIO el 27/12/2018
Tal vez piense usted, amable lector, que una
persona machucha que no se ha divorciado nunca no es quien para decir lo que es
divorciarse correctamente. Quizás sea así. No obstante, con padres divorciados
en una época en que el divorcio no era algo tan frecuente en España, y uno de
mis hermanos divorciado cuando es algo bastante habitual, tengo algo de visión familiar
sobre el asunto. Tampoco es la primera vez que me pronuncio sobre este tema en
este medio. Ya lo he hecho (EL COMERCIO, 07.06.2017) y me cayó estopa hasta en
el carné de identidad. Recibí correos de mujeres que me enojaron por su
planteamiento agresivo y, tras leerlos, decidí borrarlos y enviarlos a su
lugar: la papelera de reciclaje. Para ellas yo era poco menos que una subnormal
profunda, sin decirlo tan directamente, claro está, por plantear eliminar unas
condiciones que claramente nos benefician a las mujeres en los procesos de
divorcio y que considero injustas. Me reafirmo en cada palabra de aquel artículo,
porque considero que el hecho de que dos personas decidan, en un momento dado,
seguir caminos por separado no tiene por qué suponer mayor perjuicio económico
para uno de ellos – casi siempre el mismo, el padre –. Retomo ahora el tema
para referirme al reciente cambio legal relativo a que “el padre o madre
divorciado que ejerce la custodia de los hijos perderá el derecho de uso de la
vivienda familiar cuando comience a convivir en el domicilio con una nueva
pareja estable”. Lograr demostrarlo es otro cantar, pero la intención ahí está
y es un paso positivo, creo yo. Lo habitual es que la madre se quede con los
niños y el disfrute del piso conyugal. Se han dado situaciones, como le sucedió
a un compañero de trabajo de una amiga, en la que el ex marido aún estaba pagando
el colchón a plazos y la hipoteca de una casa donde su ex mujer dormía con otro
señor. ¿Qué feo, verdad? Y habitual. Y profundamente injusto, aunque sea legal,
hasta ahora.
Según indica la nueva regulación, el otro
cónyuge, el que se queda con el cielo arriba y la tierra debajo, desde ese
momento y al decaer el derecho de uso establecido por el convenio de divorcio,
podrá instar al juez para que disuelva la sociedad de gananciales constituida
por la antigua pareja con el fin de vender la vivienda o de llegar a cualquier
otro tipo de acuerdo que le permita obtener la parte de los bienes comunes que
le corresponde. Es la nueva doctrina que ha establecido el pleno de la Sala de
lo Civil del Tribunal Supremo al resolver un recurso de casación procedente de
la Audiencia Provincial de Valladolid. Esta doctrina solo afecta a parejas
divorciadas con un régimen de gananciales y con hijos que tras el divorcio no
hayan podido liquidar su anterior patrimonio común por haber quedado el derecho
de uso de la casa familiar en manos de uno de los cónyuges, el que tiene la
custodia legal que, en la inmensa mayoría de los casos, es la madre.
Al margen de las pruebas que esto va a
necesitar si el cónyuge que se queda con la casa común se niega a reconocerlo
en su debido momento, supone un avance que pone fin a muchas situaciones
injustas, que estaban viviendo los padres de familia. Seguramente serán pocas,
caso de existir alguna, las situaciones en las que la custodia sea concedida al
padre así como el uso exclusivo de la vivienda familiar. Si bien esta nueva
situación es algo menos perjudicial para el cónyuge que se tiene que ir del
domicilio, creo que está lejos del concepto que tengo de un divorcio adecuado en
el que, lo normal, si son dos seres justos, racionales y buenos padres, es que
decidan una custodia compartida porque ambos quieran disfrutar por igual de los
hijos que han traído a este mundo y que han cuidado juntos hasta ese momento.
Establecida como habitual y lógica la custodia compartida, independientemente
de quien tome la decisión de divorciarse, esto no debería suponer, en absoluto,
una pérdida económica de uno mayor que el otro, ni siquiera para el “culpable”,
si lo hubiera. La gente deja de estar enamorada. Eso pasa, desafortunadamente,
y le puede pasar a cualquiera, al hombre o a la mujer. Por consiguiente, ambos deberán
tener, o si no es así, buscar su medio de vida, independiente de la manutención
o dependencia del otro. ¿Acaso no es eso por lo que luchamos las mujeres? ¿Por
la igualdad y la independencia económica? Pues hay que demostrarlo en cada paso
de la vida, incluso en el momento del divorcio, si toca dar ese triste paso
algún día.